El pasado 10 de agosto la Cámara
de Diputados aprobó el Proyecto de Ley que establece un Régimen
de Garantías en Salud, conocido como Plan AUGE. Con esto, el
Presidente Lagos podrá promulgar como Ley de la República
el proyecto central de una de las iniciativas más emblemáticas
de su gobierno, como es la Reforma de Salud. En este artículo
discuto algunos aspectos de la Reforma de Salud, y específicamente
del Plan AUGE, en relación con su contribución a la
equidad en salud. Para ello, estructuro el artículo en cinco
partes. En la primera parte describo algunos aspectos de la Reforma
de Salud, incluyendo sus objetivos y los principios que la orientan.
En la segunda parte me refiero los contenidos del Plan AUGE, describiendo
las lineamientos generales que el Proyecto establece para la priorización
de las atenciones y las posibilidades que tendría la sociedad
civil de incidir en este proceso. Prosigo con un análisis sobre
los efectos de la eliminación del Fondo de Compensación
Solidario, punto que vulnera uno de los principios centrales de la
Reforma, al mismo tiempo que cuestiona el éxito de la implementación
del AUGE. En la cuarta parte me refiero a la priorización en
salud y su relación con la equidad en salud, destacando que
no existe consenso sobre los criterios que permiten una justa distribución
de los recursos. Un análisis del proceso de priorización
puede arrojar luces sobre su legitimidad, entendiéndola como
condición necesaria para su implementación. Por último,
discuto los probables efectos del Plan AUGE sobre la equidad en salud.
Planteo que estos efectos serán limitados, puesto que las condiciones
de salud no dependen exclusivamente del acceso a los servicios de
atención de salud. La salud es un fenómeno multidimensional.
Por eso, el logro de la equidad en salud requiere de acciones intersectoriales
orientadas al logro de mayores niveles de justicia social.
La propuesta de Reforma de Salud
En su primer discurso presidencial del
año 2000, el Presidente Lagos anunció la preparación
de un proyecto de Reforma de Salud centrada en los derechos y garantías
de los pacientes (posteriormente denominados "personas") y
basada en un esquema de financiamiento solidario. Como resultado, se
elaboraron 5 Proyectos de Ley que fueron presentados al Congreso en
los años 2001 y 2002 y que están orientados a distintas
materias: Régimen de Garantías en Salud; Nuevos Sistemas
de Atención; Derechos y Deberes de las Personas en Salud; Regulación
de ISAPRES; Autoridad Sanitaria y Sistema de Gestión; y Financiamiento.
A la fecha (agosto 2004) sólo el proyecto de Autoridad Sanitaria
y Gestión ha sido promulgado como ley (Ley 19.937). Sin embargo,
se promulgaron dos leyes relacionadas con estas materias. La primera,
de financiamiento, determina alzas de IVA e impuestos para financiar
el Sistema de Protección Social Chile Solidario y la Reforma
de la Salud. La segunda, de ISAPRES "corta", establece normas
de solvencia para las ISAPRES y una serie de mecanismos orientados a
proteger de mejor forma los derechos de los afiliados (Ministerio Secretaría
General de la Presidencia, 2003).
En conjunto, los 5 proyectos de la Reforma
de Salud se orientan al logro de los objetivos sanitarios fijados por
el MINSAL para el decenio 2000-2010: a) Disminuir las desigualdades
en salud; b) Enfrentar los desafíos del envejecimiento de la
población y de los cambios de la sociedad; c) Proveer servicios
acordes con las expectativas de la población; y d) Mejorar los
logros sanitarios alcanzados. Se trata de responder adecuadamente a
una población que en conjunto es más envejecida, más
educada y con mayor conciencia de sus derechos, pero que sigue presentando
grandes desigualdades en las condiciones de vida, lo que se expresa
en importantes brechas en las condiciones de salud y enfermedad.
La Reforma de Salud responde al interés
de modificar globalmente el sistema institucional de atención
de salud, incluyendo no sólo cuestiones referidas al acceso a
los servicios, sino también a cuestiones inherentes al mejoramiento
de ellos. Se trata de materias relacionadas con calidad de atención,
recursos humanos, relación prestadores-usuarios, participación
y derechos ciudadanos, administración y financiamiento, entre
otros. De acuerdo a los valores y principios orientadores definidos
por el gobierno, se intenta crear un nuevo sistema institucional de
salud que: asegure el derecho a una atención de salud adecuada;
tienda a reducir las desigualdades en salud que son evitables e injustas
(lo que se conoce como “inequidades” en salud); sea solidario,
mediante un esfuerzo intencionado para que “los más vulnerables
tengan igual garantías que los más favorecidos”;
propenda a una mayor eficiencia en el uso de los recursos; e incorpore
la participación social en salud, reconociendo “a las personas
como usuarios y ciudadanos ante los cuales el sistema de salud debe
dar cuenta de la calidad, efectividad y oportunidad de servicio, así
como del uso eficiente de los recursos” (Mensaje 1-347, 2002).
Derechos, equidad, solidaridad, eficiencia y participación social
constituyen el marco ético que debiera estar reflejado en los
contenidos de los proyectos de Reforma de Salud y su posterior implementación,
una vez transformados en ley.
El Proyecto de Régimen General de Garantías
en Salud o Plan AUGE
Si bien ninguno de los 5 proyectos presentados
por el gobierno da cuenta por sí sólo de la propuesta
de Reforma de Salud, el Proyecto de Régimen de Garantías
en Salud, más conocido como "Plan AUGE" (Atención
Universal con Garantías Explícitas) ha sido sin duda el
que ha generado mayor atención en la población. Con su
aprobación culmina un proceso que se inició en mayo de
2002 y que ocupó un lugar privilegiado en las discusiones públicas.
El alto interés despertado por el proyecto no es sorprendente,
puesto que define un conjunto de prestaciones de salud que deberán
ser cubiertas obligatoriamente por los servicios públicos y privados,
con base en el pago de una prima universal y un co-pago diferenciado
según nivel de ingresos. Este co-pago corresponderá al
20% del arancel de referencia, con excepción de los grupos FONASA
A y B, que recibirán atención gratuita. Se contempla,
además, coberturas mayores para algunas prestaciones y eventos
determinados, tanto para los grupos C y D, como para los afiliados a
ISAPRES.
El Proyecto AUGE establece que serán
definidas Garantías Explícitas en Salud relativas a acceso,
calidad, protección financiera y oportunidad con que deben ser
otorgadas ciertas prestaciones, las que estarán asociadas a un
conjunto priorizado de programas, enfermedades o condiciones de salud(2)
. Aunque no se especifica la metodología de priorización,
dejándola sujeta a un reglamento(3) , el proyecto
formula los lineamientos generales que debe tener el proceso. La priorización
será realizada sobre la base de análisis sanitarios y
financieros. Las garantías son determinadas por el Ministerio
de Salud, con base en estudios epidemiológicos que identifiquen
un listado de prioridades en salud y de intervenciones que consideren
la situación de salud de la población, la efectividad
de las intervenciones, su contribución a la extensión
o a la calidad de vida y, cuando sea posible, su relación costo
efectividad. Sobre esta base se definirá un listado de enfermedades
y sus prestaciones asociadas, realizando también una estimación
de los costos de acuerdo con la capacidad de oferta de los sectores
público y privado y la demanda potencial de tales intervenciones.
La propuesta debe ser aprobada por el Ministerio de Hacienda y sometida
a evaluación externa. Una vez ratificada, los ministerios de
Salud y de Hacienda la someterán a la consideración de
un Consejo Consultivo. Este Consejo será convocado por el Ministro
de Salud y estará formado por nueve miembros provenientes de
los campos de medicina, salud pública, economía, bioética,
derecho sanitario y otras disciplinas relacionadas. cinco de los miembros
serán elegidos por universidades chilenas, en tanto uno por la
Academia Chilena de Medicina. Los 3 restantes serán nombrados
directamente por el Presidente de la República. El Consejo podrá
solicitar estudios técnicos adicionales y proponer modificaciones
dentro de los márgenes presupuestarios. Una vez atendidas las
propuestas del Consejo, se determinarán las garantías
explícitas, las cuales durarán 3 años.
Como se desprende de la descripción
anterior, El Consejo Consultivo es la única instancia que permite
incorporar la opinión de la ciudadanía sobre las prioridades
sanitarias, complementando los criterios técnicos. A través
de este Consejo se podrían abrir espacios de participación
que permitan conocer e integrar las prioridades sociales en salud. Sin
embargo, hay que considerar que la mayoría de los integrantes
del Consejo son también expertos, por lo que incorporación
de las demandas sociales quedaría más sujeta a la voluntad
o sensibilidad frente a estos temas de los miembros individuales del
Consejo, o de la posición de las instituciones que representan,
como también a la capacidad de movilización de la sociedad
civil organizada. De hecho, es probable que la decisión de incorporar
el VIH/SIDA en las 56 atenciones AUGE no haya respondido principalmente
a criterios técnicos, dados la baja proporción de sus
AVISA (años de vida saludables perdidos) sobre el total nacional
y los altos costos de las terapias antiretrovirales. Su incorporación
respondería además a la importancia mundial que ha recibido
como problema de salud pública, pero en gran parte también
a las acciones de Vivo Positivo.
Mientras el Proyecto AUGE se debatía
en el Congreso, el Ministerio de Salud decidió implementar un
Plan Piloto con algunas prestaciones. El Piloto comenzó en el
sector público en el año 2002, atendiendo 3 problemas
de salud para los beneficiarios de FONASA. En el año 2003 se
incorporaron 2 nuevos problemas y en este año se incorporaron
12. Los 17 problemas corresponden a casi la tercera parte de las 56
prioridades de salud propuestas por el MINSAL, respondiendo al 25% de
los AVISA o carga de enfermedad de la población (MINSAL, 2004).
Según afirma el MINSAL, la evaluación del Plan Piloto
permitirá revisar y ajustar las garantías para la definición
del primer AUGE obligatorio, que entrará en vigencia el próximo
año. Esta implementación se realizará sin uno de
los componentes que había sido definidos como centrales: el Fondo
de Compensación Solidario.
El Plan AUGE y el Fondo de Compensación
Solidario
La aprobación del Plan AUGE se
produjo en el marco de fuertes críticas al gobierno por parte
de las bancadas PS y PPD, quienes objetaron la supresión del
Fondo de Compensación Solidario y amenazaron con abstenerse o
votar en contra del proyecto, si el gobierno no reponía este
Fondo en otra iniciativa legal. Negociaciones entre el gobierno y el
bloque PS-PPD concluyeron con el compromiso del gobierno de reponer
este punto dentro del proyecto para modificar la Ley de ISAPRES, actualmente
en trámite en el Senado, otorgándole carácter de
urgencia.
Los artículos que creaban el Fondo
de Compensación Solidario fueron eliminados en mayo pasado, producto
de las presiones de parlamentarios de derecha que manifestaron que apoyarían
el proyecto sólo si tales artículos eran suprimidos. Estos
formaban parte del proyecto que la Cámara de Diputados despachó
al Senado en enero 2003 (Título III, artículos 22 a 28)
y establecían la creación de un Fondo de Compensación
Solidario cuyo objetivo era “compensar entre sí a las Instituciones
de Salud Previsional y el Fondo Nacional de Salud, por concepto de ajuste
de riesgos vinculados, al menos, a las variables sexo y edad de sus
respectivos beneficiarios” (BOLETÍN Nº 2.947-11, 2004).
En la práctica, el monto total de las primas de los beneficiarios
de FONASA y afiliados a ISAPRES sería repartido entre ambos sistemas
de acuerdo a la composición por sexo y edad de sus poblaciones.
Esto implicaría un traslado de fondos desde las ISAPRES a FONASA,
puesto que este sistema concentra a la población de mayor riesgo
sanitario: mujeres en edad fértil y adultos mayores. Según
el Secretario Ejecutivo de la Comisión Reforma de Salud, Hernán
Sandoval, con una prima universal anual de $50.000 por beneficiario
se produciría una transferencia de quince a dieciocho mil millones
de pesos anuales desde las ISAPRES al FONASA. Si bien esta cifra es
importante, sólo representaría el 3% del costo global
del AUGE en FONASA, que ascendería a 550 mil millones de pesos
y que serían cubiertos por el Estado. Por lo tanto, prosigue
Sandoval, la motivación principal de la creación del Fondo
no sería financiar el AUGE, sino "hacer más eficiente
y más equitativo el sistema de los seguros de salud" (Sandoval,
2004:5).
Más allá del impacto financiero
que podría tener el Fondo en la implementación del Plan
AUGE, su eliminación debilita en gran parte la concepción
global de la Reforma de Salud. Dos razones me parecen centrales. Primero,
vulnera uno de los principios fundamentales de la Reforma, como es el
de solidaridad entre todos los chilenos. Esto se agrava porque FONASA
no sólo concentra la población de mayor riesgo, sino porque
además está obligado a recibir a cualquier persona, independientemente
de su riesgo financiero. El principio de solidaridad cobra sentido porque
se aplica a un bien social y no a un bien que puede regirse por las
leyes del mercado. Segundo, la eliminación del Fondo deja sin
efecto un mecanismo que había sido definido por el gobierno como
pieza clave del Plan AUGE en tanto “complemento financiero de
las garantías en salud” (Sandoval, 2004:4) y uno de los
7 requisitos para el éxito del AUGE (MINSAL, 2002). Por esto,
es probable que los debates sobre la reposición de un fondo solidario
entre los sistemas público y privado vuelvan a surgir en el corto
plazo.
En reemplazo del Fondo Solidario se ha
anunciado la probable creación de un Fondo de Compensación
Inter-ISAPRES. Esto permitiría respetar en parte el principio
de solidaridad en la población de mayores ingresos: los afiliados
a las ISAPRES compensarían entre sí las diferencias por
sus riesgos sanitarios. La situación es paradojal, pues se trata
de exigirle solidaridad interna a un sistema que por definición
es individualista y no solidario. Un sistema basado precisamente en
los riesgos individuales, que castiga con primas de mayor costo a las
mujeres y los adultos mayores, cuestión llevada al extremo mediante
la creación de los llamados “planes sin útero”.
Las ISAPRES ya anunciaron el fin de los "planes sin útero"
(proceso que culmina el próximo año) y la incorporación
de las atenciones AUGE. Los afiliados al sistema de ISAPRES (alrededor
del 20% de la población nacional según la Encuesta CASEN
2000) tienen claro que podrán exigir las atenciones AUGE una
vez que la Ley entre vigencia. Lo que no tienen claro es si se hará
efectivo el principio de solidaridad y las condiciones en que esto se
producirá. En todo caso, de aprobarse el Fondo Inter-ISAPRES
la solidaridad funcionará en primer término entre las
mismas aseguradoras puesto que, si se aplica la misma lógica,
las que concentren más población de riesgo serán
las que recibirán la mayor parte del Fondo. Aunque versiones
de prensa señalan que la Asociación de ISAPRES aceptaría
el Fondo sin mayores modificaciones, aún quedan interrogantes
sobre las condiciones en que aceptará este Fondo –si efectivamente
es aceptado- y si tal mecanismo producirá algún efecto
en el grupo objetivo de algunas ISAPRES.
La aprobación del Proyecto AUGE
cierra un capítulo importante en el proceso de Reforma de Salud,
pero abre otros. Principalmente, el futuro del Fondo de Compensación
Solidario, la implementación de los proyectos hasta ahora aprobados
y la aprobación del resto de los proyectos de la Reforma. En
especial, el de Derechos y Deberes de las Personas en Salud, que ha
sido prácticamente olvidado y descansa en la Cámara de
Diputados desde el año 2001. Esto es paradojal, puesto que un
sistema de salud que reconoce a la salud como un bien social al que
se tiene derecho; integra la participación de las personas como
usuarias y ciudadanas; y se orienta a la promoción y prevención
de la salud, sólo es posible en un contexto de relaciones de
mayor horizontalidad entre usuarios/as y prestadores/as de atención
de salud, aspecto central de tal proyecto.
Más allá del futuro de
los otros proyectos de la Reforma, la aprobación del Plan AUGE
genera interrogantes sobre su propia definición e implementación.
La más evidente se relaciona con los efectos de la priorización
de la atención de algunas enfermedades sobre las condiciones
de salud de la población nacional. En otras palabras, la priorización
de la atención de algunas enfermedades en desmedro de otras (que
en teoría mantendrán niveles constantes de cobertura)
¿mejorará la equidad en salud de la población en
Chile? Esta interrogante es central, puesto que la equidad en salud
es uno de los principios centrales de la Reforma.
Priorización
en salud ¿camino a la equidad en salud?
Como ocurre con cualquier actividad para
la que se tienen recursos finitos, la determinación de prioridades
en los servicios de atención de salud es inevitable. Ello sucede
en todos los países del mundo, independientemente de que sus
sistemas de atención de salud tengan un carácter principalmente
público o privado, del monto de recursos con que se cuente, de
la orientación de las políticas sociales, o del grado
de igualdad de los sistemas de salud o de la sociedad en su conjunto.
La determinación de prioridades en salud ocurre simultáneamente
en distintos niveles: macro (sistema de salud); intermedio (instituciones);
y micro (pacientes) (Martin, D. y P. Singer, 2003). Las decisiones que
se toman en un nivel impactan en los otros y muchas veces no existe
relación o contacto entre un nivel y los otros.
Tradicionalmente, los médicos
han jugado un rol principal en el acceso de los pacientes a determinados
tratamientos. Gran parte de estas decisiones –o priorizaciones-
han sido implícitas. Los problemas de recursos y el aumento de
las expectativas de los pacientes han cuestionado la priorización
implícita, lo que ha llevado a que en muchos países se
determinen prioridades en forma explícita, mediante la constitución
de comités y grupos de expertos (Coultter y Ham, 2001). Al mismo
tiempo, el envejecimiento de la población, los avances en la
medicina y los mayores niveles de educación de la población
generan mayores demandas sobre los sistemas de atención de salud.
Esta situación, que ocurrió en los países desarrollados,
está ocurriendo también en los países en desarrollo,
especialmente en América Latina.
Las reformas de salud implementadas en
América Latina y en otras partes del mundo han estado orientadas
a definir formas más eficientes de utilización de los
recursos disponibles, con el objetivo de responder a las mayores demandas.
El desarrollo que la economía de la salud ha tenido en los últimos
años se asocia precisamente a la necesidad encontrar mecanismos
que permitan lograr mayores niveles de eficiencia. Las polémicas
entre médicos y economistas se producen fundamentalmente porque
las decisiones a nivel macro tensionan las mismas bases del acto médico:
el respeto al juramento hipocrático se ve amenazado por restricciones
que están fuera del ámbito de la medicina. Esto también
ha impactado el desarrollo de la ética médica, abriendo
el paso al desarrollo de una bioética centrada en la salud de
la población y las políticas de salud, en tanto la salud
de las personas y su acceso a los servicios de atención de salud
en una sociedad determinada, dependen del grado de justicia de esa misma
sociedad (Ferrer, M. 2003).
Existen diversos enfoques sobre priorización
en salud y no existe consenso sobre cuál es el más apropiado
o justo. Distintas teorías de justicia social, -utilitarismo,
igualitarismo o comunitarismo-, llegan a distintos resultados. Los enfoques
económicos son útiles pero tienen limitaciones prácticas
y enfatizan determinados valores, en especial la eficiencia, sobre lo
cual tampoco hay consenso (Martin, D. y P. Singer, 2003). Un análisis
comparativo de experiencias de priorización en salud desarrolladas
en varios países (Coulter, A. y C. Ham, 2001) concluye en que
no hay soluciones simples o técnicas: el establecimiento de prioridades
en salud es un proceso continuo y es necesario establecer mecanismos
para su continua revisión. Atendiendo precisamente al proceso,
y frente a la inexistencia de consensos sobre cómo establecer
prioridades en salud, el filósofo norteamericano Norman Daniels,
basándose en la teoría de justicia de John Rawls, plantea
que una justa priorización en salud es posible mediante un proceso
justo. A juicio de Daniels, el proceso es justo cuando: las decisiones
y sus fundamentos son públicos; los fundamentos aluden a razones
(evidencia y principios) que las personas pueden aceptar como relevantes
para el contexto; las decisiones pueden ser sometidas a revisión
y apelación; y existe un mecanismo legal o normativo que asegura
que las tres condiciones anteriores se cumplan. La idea es transformar
las decisiones de las entidades de salud públicas o privadas
en parte de procesos de discusión más amplios, sobre cómo
utilizar recursos limitados para proteger en forma justa la salud de
una población con diversas necesidades (Daniels, 2001; Daniels
N. y J. Sabin, 2002). Más allá de su vinculación
con la justicia, y tal como afirma Daniels, este enfoque permite enfrentar
el problema de legitimidad o autoridad moral de los tomadores de decisiones
en salud.
La legitimidad del AUGE es, precisamente,
uno de los puntos más cuestionados en el debate público.
Los trabajadores y profesionales de la salud, y muy en particular el
Colegio Médico, han señalado en reiteradas ocasiones que
fueron excluidos del proceso de formulación. También pareciera
que la población tiene un desconocimiento o confusión
de lo que significa el AUGE, lo que se ha visto acentuado por las campañas
públicas anti-AUGE, organizadas y financiadas por el Colegio
Médico. Por ejemplo, una encuesta realizada por el Centro de
Estudios Públicos en 2002 encontró que 75% de los entrevistados
dijeron saber poco o nada del AUGE. La misma encuesta señala
que 75% de los entrevistados piensa que los gremios de la salud están
más preocupados de sus propios intereses que de los intereses
de los pacientes (Lehmann, C. 2002). No cabe duda de que el proceso
de formulación del AUGE, y de la Reforma de Salud en su conjunto,
requiere de un análisis más profundo. Pero tampoco cabe
duda de que los cuestionamientos sobre la legitimidad, o la ausencia
de consenso sobre sus contenidos, impactarán negativamente en
su implementación, especialmente por las resistencias de los
grupos que se sienten excluidos del proceso.
Hacia la equidad en salud
Reconociendo la existencia de consenso
sobre la necesidad de establecer prioridades en salud y la inexistencia
de consenso sobre los criterios para tomar tales decisiones, preguntarse
sobre el efecto de la priorización AUGE en la equidad en salud
de la población pareciera dejar de tener sentido. La noción
de equidad en salud alude a desigualdades justas y, por tanto, corresponde
a una definición ética sobre la que no hay acuerdo. Esto
no significa, sin embargo, que la equidad pierda su valor como principio
orientador de política. Significa que pierde su valor como objetivo
de política, puesto que no se puede evaluar. En términos
operacionales puede hablarse de “disminución de las diferencias
en salud” (o más bien de la enfermedad, que es lo que efectivamente
se mide), quedando pendiente la interpretación de tal disminución
(Ferrer, M. 2003). Tal vez por ello, el Proyecto AUGE señala
que busca”reducir las desigualdades evitables e injustas, por
la vía de otorgar mayores niveles de protección social
y acceso universal a la atención de salud” (Mensaje 1-347,
2002).
Aunque por muchos años la salud
se entendió fuertemente ligada a la práctica de la medicina,
se ha demostrado que las diferencias en las condiciones de salud de
las personas dependen más de factores socioeconómicos,
ambientales, sociodemográficos, culturales o de género,
que del acceso a los servicios de atención de salud. Desigualdades
en salud han sido detectadas en Canadá (Dennis, R. 2001) y el
Reino Unido (Fitzpatrick, J., Hofman, D. y B. Jacobson. 2004), ambos
parte del mundo desarrollado con políticas universales de acceso
a los servicios de atención de salud. Desigualdades en salud
en América Latina según diversas variables socioeconómicas
también han sido demostradas (Casas J. A., Dachs N. y L. Bambas,
2001. Dachs, N. et al, 2002). Chile no es una excepción, siendo
posible encontrar diferencias de más de diez años en la
esperanza de vida según comuna de residencia (Sandoval H, 2002).
Desde otra perspectiva, el énfasis en la modificación
de los estilos de vida como medida de promoción de la salud y
prevención de la enfermedad es también resultado de la
constatación de la influencia limitada de los servicios de atención
de salud en la salud de las personas. La salud es, ante todo, un fenómeno
multidimensional. Por ello, la búsqueda de la equidad en salud
también es multidimensional, incluyendo los aspectos relacionados
con el logro y posibilidad de alcanzar una buena salud y no sólo
con el acceso a los servicios de atención de salud. Como dice
Amartya Sen (2002) el compromiso con la equidad en salud requiere poner
atención en la ausencia de discriminación en la distribución
de los servicios de atención de salud, pero también requiere
que las consideraciones sobre la salud se integren en temas más
amplios de la justicia social y la equidad global.
El siglo
XXI plantea grandes desafíos para la salud pública de
Chile y el mundo. A la presión que ya ejerce el envejecimiento
de la población, los avances en la medicina y una población
cada día más conciente de sus derechos, se sumarán
las aplicaciones que ahora promete la investigación genómica.
Ello planteará nuevos dilemas de justicia en salud y del acceso
a servicios de atención de salud (Buchanan, A. et al. 2001).
Por ello, la equidad en salud requiere de enfoques globales y políticas
intersectoriales que reconozcan la multidimensionalidad de la salud
y, por tanto, la imposibilidad de lograrla exclusivamente por la vía
del aumento de los servicios de atención de salud.
Conclusiones
La equidad en salud es uno de los principios
que orientan la actual propuesta de Reforma de Salud en Chile. El Plan
AUGE busca disminuir las desigualdades evitables e injustas en salud,
lo que se conoce como equidad, por la vía de entregar acceso
universal a un conjunto priorizado de atenciones. Aunque existe consenso
en la inevitabilidad de priorizar en salud, no existe consenso sobre
los criterios que permiten una justa distribución de los recursos.
Aún manteniendo pendiente la respuesta sobre la justicia, un
análisis del proceso de priorización puede arrojar luces
sobre su legitimidad, entendiéndola como condición necesaria
para su implementación. Los efectos del Plan AUGE sobre la equidad
en el acceso a los servicios de salud podrán ser evaluados en
el futuro. Sin embargo, ya se sabe que sus efectos sobre la equidad
en salud serán limitados, puesto que está demostrado que
el acceso a los servicios de atención de salud explica sólo
una parte de las condiciones de salud. La salud es, ante todo, un fenómeno
multidimensional. Por eso, el logro de la equidad en salud requiere
de acciones intersectoriales e intervenciones más amplias orientadas
a la justicia social.
Notas
(1) Sociólóga
(Universidad de Chile), MHSc en Bioética (Universidad de Toronto).
Profesora del Departamento de Políticas Públicas, Instituto
de Asuntos Públicos INAP, Universidad de Chile.
(2) Dentro de las disposiciones
transitorias, se establece las fechas y modalidades en que comenzará
a regir el Plan AUGE: las Garantías Explicitas se aplicarán
a un máximo de 25 patologías o enfermedades en el año
2005, aumentándose a un máximo de 40 en 2006 y a un máximo
de 56 en 2007. Los valores anuales de la Prima Universal no excederán
de 1.02, 2.04 y 3.06 unidades de fomento, respectivamente.
(3)Para la determinación
de las 56 atenciones AUGE se convocó a un grupo de trabajo formado
por profesionales del MINSAL, FONASA, Superintendencia de ISAPRES; Universidades,
en consulta con Sociedades Científicas y otros grupos. El grupo
definió una metodología para la determinación de
cada garantía. Para una descripción de la metodología
véase MINSAL, 2002. Construyendo una política pública
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